miércoles, 23 de septiembre de 2009

Lectura,expreción oral y escrita.

La palabra "memorándum" es un cultismo reciente que nos llega del latín. Significa "algo que hay que recordarse". Se refiere a una nota escrita, menos formal que una carta.

Es aquel escrito que se usa para intercambiar información entre diferentes departamentos de una empresa, con el propósito de dar a conocer alguna recomendación, indicación, instrucción, disposición, etc.

Generalmente este tipo de escrito contiene las siguientes partes:

  • El nombre de la persona a quien va dirigido.
  • El nombre del remitente.
  • La fecha.
  • El asunto.
  • El texto.
  • Y la firma del remitente.

Su redacción debe ser breve, clara y precisa; aun cuando en este tipo de comunicación no se acostumbra usar la despedida, hay ocasiones en que se debe utilizar para darle un toque personal y cortés al mensaje.

Primer Ejemplo:

México, D. F. a ___ de ______ de _____.

EMPRESA, S. A. DE C. V.

Prol. Paseo de la Fortuna 205,
Col. Afortunados
Del. Iztapalapa,
México, D. F. C. P. 09010

Memorándum

Para: Doroteo Catalán , Jefe de Recursos Humanos
De: Joel Flores
Asunto: Reunión de fin de año

El grupo de trabajo de esta empresa llevará a cabo su reunión anual el día 15 de Diciembre de 2006. Esta reunión consistirá en la discusión de ideas que permitirán la mejora del servicio ofrecido por la empresa.

Por lo tanto se le pide que no falte a esta reunión.

Saludos a UD.

Atentamente
Joel Flores
Gerente General

Segundo Ejemplo:

MEMORÁNDUM

A: (LISTA DE DISTRIBUCIÓN)
DE: (ALTO CARGO DIRECTIVO)
ASUNTO: POLÍTICA DE USO DE MATERIAL PROTEGIDO POR DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
FECHA: (INSERTAR)

La finalidad de este memorándum es recordarle la política de (empresa) relativa al uso y tráfico de material protegido por derechos de propiedad intelectual en las computadoras, redes y medios informáticos de (empresa).
El uso y la copia no autorizados de material protegido por derechos de propiedad intelectual son ilegales y pueden exponerle a usted y a (empresa) a responsabilidad civil y penal según la legislación vigente en nuestro país. Esto afecta a todo tipo de material protegido por derechos de propiedad intelectual, entre los que se encuentran música, películas, juegos, programas informáticos y otras obras.
Los empleados no deben introducir material protegido por derechos de propiedad intelectual en las computadoras, redes o medios informáticos pertenecientes a (empresa). Asimismo, los empleados tampoco podrán poner en Internet material protegido por derechos de propiedad intelectual sin la autorización del titular de los derechos, ni participar en actividades como el “intercambio de archivos” entre computadoras (peer-to-peer) que son susceptibles de promover o llevar a una vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Los empleados tampoco podrán utilizar los recursos de (empresas) para copiar o reproducir cd o archivos de música u otros materiales protegidos por los derechos de propiedad intelectual.
Se adjunta la política específica de (empresa) acerca de la utilización del material protegido por derechos de propiedad intelectual, en la que se incluyen posibles medidas disciplinarias en caso de incumplimiento de dichas normas. (Encargado del Cumplimiento) llevará a cabo auditorias regulares en todas las computadoras y redes de (empresa) para garantizar el cumplimiento de esta política y, si fuera necesario, eliminar los archivos no autorizados si usted no lo ha hecho aún.
Ante cualquier duda, por favor póngase en contacto con (Encargado del cumplimiento).

El Diccionario de la REAL ACADEMIA ESPAÑOLA nos dice:

http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=memor%C3%A1ndum

memorándum.

(Del lat. memorandum, cosa que debe recordarse).

1. m. Comunicación diplomática, menos solemne que la memoria y la nota, por lo común no firmada, en que se recapitulan hechos y razones para que se tengan presentes en un asunto grave.

2. m. Informe en que se expone algo que debe tenerse en cuenta para una acción o en determinado asunto.

3. m. Librito o cuaderno en que se apuntan las cosas de que uno tiene que acordarse.

4. m. Chile. Resguardo bancario.

5. m. Chile. Nota que se envía por mano a una persona de la misma oficina o institución.


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